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Cómo calcular qué pensión hay que pasarle a los hijos en caso de divorcio
28 de Junio de 2017

Uno de los puntos de conflicto en un divorcio es la cuantía de las pensiones de los hijos. El abogado de divorcios en Palma de Mallorca nos indica que el Consejo General del Poder Judicial ha elaborado unas tablas en las que se indican las cantidades en función de la renta de los padres.

La memoria explicativa del CGPJ informa de los criterios que ha seguido a la hora de la creación de dicha información y persigue que los juzgados de España la tengan como referencia a la hora de establecer las cantidades, ya que hay casos en los que dentro de un mismo juzgado se han dictado sentencias dispares, según nos comenta el abogado de divorcios en Palma de Mallorca.

Con estas tablas se facilita enormemente que los padres lleguen a un acuerdo, lo que facilita el acuerdo porque, al fin  y al cabo, para los padres lo primero tienen que ser los hijos.

El cálculo se hace “cruzando” los datos de ingresos de los dos progenitores, siempre teniendo en cuenta el supuesto de que la custodia vaya a recaer en uno de ellos. Si se opta por la opción de la custodia compartida, no habría pensión que pasar, ambos contribuirían a la manutención de los hijos al 50%.

El informe también recoge aquellos gastos extraordinarios, que quedarían fuera de lo que sería la pensión. Así, clases particulares, gastos que no cubre la seguridad social (gafas, dentista, etc.), ocio (la excursión del cole, el regalo de cumpleaños para un amigo, la consola, etc.) correrían a partes iguales por parte de los dos progenitores.

Amengual Tomás, J. también informa de que las tablas tienen un baremo en función de la comunidad autónoma de residencia y del número de habitantes del municipio, ya que el nivel de vida no es igual en todas las provincias de España.

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