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Cómo se reparten los bienes de quien ha muerto sin dejar testamento
23 de Enero de 2018

Como abogados de familia en Palma de Mallorca son muchos los clientes que se dirigen a nuestro despacho para consultar las dudas y problemas que tienen derivados del fallecimiento de un familiar sin que éste hubiera hecho testamento. ¿Qué ocurre en estos casos con sus bienes? ¿Cómo deben repartirse? ¿Quiénes tienen derecho a heredar? ¿Qué son los herederos forzosos?

Pese a que el derecho testamentario español es bastante riguroso con respecto a estas cuestiones, debemos aclarar que siempre se debe buscar el asesoramiento de un despacho de abogados de familia en Palma de Mallorca porque pueden concurrir, en determinados casos, circunstancias especiales que pueden modificar la norma general. Podemos decir, sin embargo, que cuando  se produce un fallecimiento abintestatio, es decir, sin que haya testamento o cuando, de existir, haya sido declarado nulo por un juzgado, la legislación española establece que son los hijos del fallecido, a partes iguales, los destinatarios de la totalidad de sus propiedades y también de las deudas.

Puede darse el caso de que el fallecido no tuviera hijos y, en esas circunstancias, los bienes pasan a ser propiedad de los ascendientes directos. También puede ocurrir que los padres del difunto también hubieran fallecido previamente, si es así, la ley señala al cónyuge como heredero universal. Aunque, como has podido ver, las circunstancias que tienen que concurrir para que se planteen casos de este tipo no son demasiado frecuentes.

Otra cuestión diferente es el usufructo de los bienes del fallecido, por ejemplo, el uso de la vivienda conyugal que ha pasado a ser propiedad de los hijos. ¿Puede seguir viviendo en ella el cónyuge? Esta es una cuestión que responderemos desde el bufete de Juana Amengual Tomás Abogado.    

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